Articulo 36 Integridad y Ética Públicas
Articulo 36 Integridad y Ética Públicas

Articulo 36 Integridad y Ética Públicas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 36. Registro.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Se crea el Registro de lobistas y lobbies, que tendrá carácter público, accesible y gratuito.

2. La Agencia de Integridad y Ética Públicas será la responsable del Registro de lobistas y lobbies.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-06-2017 en vigor desde 06-07-2017