Articulo 36 Integridad y Ética Públicas
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»Artículo 36. Registro.
Vigente
1. Se crea el Registro de lobistas y lobbies, que tendrá carácter público, accesible y gratuito.
2. La Agencia de Integridad y Ética Públicas será la responsable del Registro de lobistas y lobbies.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-06-2017 en vigor desde 06-07-2017