Articulo 36 Gestión, modernización y promoción de áreas industriales
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Articulo 36 Gestión, modernización y promoción de áreas industriales

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Artículo 36. Mapa de áreas industriales de la Comunitat Valenciana

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1. La conselleria competente en materia de industria elaborará un mapa de áreas industriales de la Comunitat Valenciana, que deberá incluir, por lo menos, la clasificación de todo el suelo industrial de acuerdo con las categorías reguladas en esta ley, así como el suelo programado para uso industrial en el planeamiento urbanístico.

2. El mapa incluirá la siguiente información básica sobre todas las áreas industriales clasificadas:

a) Su situación exacta, a través de coordenadas ETRS89 UTM zona 30N.

b) Su denominación, si tiene.

c) La descripción de todos los servicios disponibles, detallando los que determinan su inclusión en algunas de las categorías de esta.

d) Las vías de acceso y su conexión con las principales redes logísticas, incluyendo los nodos de conexión de las áreas industriales con la red transeuropea de transporte y el corredor mediterráneo.

e) La existencia, o no, de entidad propia de gestión y modernización del área industrial.

f) Su promoción pública o privada y, en su caso, la existencia de suelo disponible.

g) El sector o actividad al que pertenecen las empresas instaladas.

3. Además, el mapa podrá incluir, cuando lo solicite el ayuntamiento y aporte la documentación justificativa, la siguiente información complementaría así como la que se establezca reglamentariamente:

a) La calificación urbanística en el planeamiento municipal y los usos permitidos, compatibles y prohibidos en este.

b) El grado de empleo del suelo.

c) Los beneficios fiscales aplicables contemplados en esta ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-06-2018 en vigor desde 08-06-2018