Articulo 36 Función pública de I Balears

Articulo 36 Función pública de I. Balears

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Artículo 36. Plantilla de personal

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1. La plantilla del personal es el instrumento de coordinación entre la ordenación de la función pública y las estructuras presupuestarias.

2. La plantilla de personal contiene la relación de plazas correspondientes a cada uno de los grupos y cuerpos funcionariales y a cada uno de los grupos y niveles de clasificación de personal laboral, que se amparan en la dotación presupuestaria de los puestos de trabajo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-04-2007 en vigor desde 03-07-2007