Articulo 36 Fondos del mercado monetario

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Artículo 36. Transparencia

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1. Los FMM indicarán claramente a qué tipo de FMM pertenecen según el artículo 3, apartado 1, y si son FMM a corto plazo o FMM estándar en cualesquiera documentos externos, informes, declaraciones, anuncios publicitarios, cartas u otros testimonios escritos emitidos por el FMM o su gestor y dirigidos a los posibles inversores, partícipes o accionistas, o destinados a serles distribuidos.

2. El gestor de un FMM pondrá a disposición de los inversores del FMM, al menos semanalmente, toda la información siguiente:

a)

desglose por vencimiento de la cartera del FMM:

b)

el perfil crediticio del FMM;

c)

el vencimiento medio ponderado y la vida media ponderada del FMM;

d)

información detallada sobre las diez mayores tenencias del FMM, incluidos el nombre, el país, la madurez y el tipo de activo, y la contraparte en caso de pactos de recompra y de recompra inversa;

e)

el valor total de los activos del FMM;

f)

el rendimiento neto del FMM.

3. Todo documento del FMM utilizado con fines de comercialización incluirá de manera visible declaraciones en las que se señale lo siguiente:

a)

que el FMM no constituye una inversión garantizada;

b)

que una inversión en un FMM es distinta de una inversión en depósitos, mencionando en particular el riesgo de fluctuación del principal invertido en un FMM;

c)

que el FMM no depende del apoyo externo para garantizar su liquidez o estabilizar el valor liquidativo por acción o participación;

d)

que el riesgo de pérdida del principal deberá ser soportado por el inversor.

4. Ninguna comunicación del FMM o del gestor de un FMM a los inversores o inversores potenciales dará a entender en modo alguno que la inversión en participaciones o acciones del FMM está garantizada.

5. Los inversores de un FMM deberán ser informados con claridad del método o métodos aplicados por este para valorar los activos del FMM y calcular el valor liquidativo.

Los FMM de valor liquidativo constante de deuda pública y los FMM de valor liquidativo de baja volatilidad tendrán la obligación de explicar con claridad a los inversores e inversores potenciales la aplicación del método del coste amortizado o del redondeo o de ambos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-06-2017 en vigor desde 20-07-2017