Articulo 36 Estadística de Navarra
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 36. Naturaleza y composición.
Vigente
1. El Consejo de Estadística de Navarra es el órgano consultivo y de participación del Sistema Estadístico de Navarra. Sus objetivos son facilitar la relación de las unidades estadísticas entre sí y de éstas con informantes y con quienes utilizan la información estadística.
2. Su composición, organización y funcionamiento serán determinados reglamentariamente.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY FORAL 5/2021, de 10 de mayo, por la que se aprueba el Plan de Estadística de Navarra 2021-2024 y se modifica la Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra.
(BON de 20-05-2021) en vigor desde 21-05-2021