Articulo 36 Distribución de seguros

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Artículo 36. Transmisión de información sobre sanciones y sobre otras medidas a la AESPJ

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1. Las autoridades competentes informarán a la AESPJ de todas las sanciones administrativas y otras medidas impuestas pero no publicadas de acuerdo con el artículo 32, apartado 1.

2. Las autoridades competentes facilitarán cada año a la AESPJ información agregada relativa a las sanciones administrativas y otras medidas impuestas de conformidad con el artículo 31.

La AESPJ publicará dicha información en un informe anual.

3. Cuando la autoridad competente haya divulgado públicamente una sanción administrativa u otra medida, notificará simultáneamente ese hecho a la AESPJ.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-02-2016 en vigor desde 03-02-2016