Articulo 36 Coordinación de las policías locales de I. Balears
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»Artículo 36. Reglas generales del concurso
Vigente
1. El concurso es el sistema normal de provisión de puestos de trabajo y consiste en la comprobación y valoración de los méritos y, en su caso, de las capacidades, los conocimientos o las aptitudes que determine la convocatoria, de acuerdo con el baremo establecido.
2. El concurso puede ser concurso de méritos o concurso específico, en este último caso siempre que así se determine en la relación de puestos de trabajo del ayuntamiento.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 11/2017, de 20 de diciembre, de modificación de la ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears
(BOIB de 23-12-2017) en vigor desde 24-12-2017