Articulo 36 Código de Conducta del personal de la Guardia Civil
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»Artículo 36. Relaciones con otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Vigente
Basarán su actuación en los principios de cooperación y colaboración recíproca, coordinación orgánica, lealtad institucional y respeto competencial con el personal de otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.