Articulo 36 Cine de Cataluña
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Artículo 36. Criterios para el otorgamiento de ayudas

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Las ayudas con cargo al Fondo para el fomento de la distribución independiente que se otorguen de acuerdo con las correspondientes bases reguladoras deben tener en cuenta, preferentemente, los siguientes criterios:

a) El valor cultural y artístico del proyecto de distribución.

b) El fortalecimiento de la competitividad de las empresas.

c) La presencia de la versión original catalana u occitana en su variante aranesa.

d) El esfuerzo en la promoción de obras cinematográficas y audiovisuales en catalán.

e) La distribución mediante nuevos canales y tecnologías.

f) La capacidad de exportación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-07-2010 en vigor desde 16-07-2010