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Articulo 36 (de la ciencia, la tecnología y la innovación)

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Artículo 36. Titularidad y carácter patrimonial de los resultados de la actividad investigadora

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1. Los resultados de las actividades de investigación y desarrollo llevadas a cabo por personal de los centros y las instalaciones que pertenecen al ámbito del sector público autonómico, o que ejerce actividad investigadora en este sector o a través de redes, pertenecen, como invenciones, a la administración autonómica de acuerdo con la normativa vigente sobre patentes y modelos de utilidad, sin perjuicio de lo que determine la normativa sobre derechos de las entidades participantes en los proyectos o de los investigadores autores de los trabajos de investigación. También le pertenecen los derechos de propiedad industrial correspondientes a los resultados de estas actividades.

2. Los derechos de explotación relativos a la propiedad intelectual deben regularse por lo establecido en el Real decreto legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de propiedad intelectual.

3. Lo dispuesto en los apartados 1 y 2 de este artículo es aplicable sin perjuicio de los derechos de carácter personalísimo o de otra naturaleza que tengan reconocidos los investigadores que sean autores materiales de estos resultados y de los derechos reconocidos a otras entidades legalmente o mediante los contratos, convenios o conciertos por los que se rijan las actividades de I+D.

4. Los convenios que se subscriban en relación con un proyecto de investigación, entre el sector público autonómico y otras entidades de derecho público o privado, regularán la atribución de la titularidad y la protección y la explotación de los resultados que pueda generar el proyecto de manera explícita.

5. Los derechos de propiedad industrial e intelectual adquiridos o generados por las actividades de la I+D de los centros y las instalaciones pertenecientes al ámbito del sector público autonómico forman parte de los inventarios de bienes y derechos de la Administración general de la comunidad autónoma y de sus organismos públicos.