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Articulo 36 Agilización administrativa, gestión y control de los fondos del instrumento europeo «Next Generation EU»

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Artículo 36.- Modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares.

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Con el fin de agilizar y homogeneizar los procesos de contratación, el centro directivo con competencias horizontales en materia de contratación pública aprobará, previo informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa y del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias, los modelos de pliegos de cláusulas administrativas particulares, de utilización común por todos los órganos de contratación del sector público autonómico con presupuesto limitativo para los contratos que se encuentren en el marco de esta ley.

Hasta que dichos pliegos no estén aprobados, los departamentos responsables de la gestión de los fondos podrán tramitar los expedientes de acuerdo a los propios pliegos que se elaboren desde los mismos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-08-2021 en vigor desde 05-08-2021