Articulo 352 Reglamento del Registro Mercantil
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»Artículo 352. Legitimación para solicitar el nombramiento de auditor.
Vigente
1. Para solicitar el nombramiento de auditores de cuentas, los administradores y el Comisario del Sindicato de obligacionistas deberán figurar inscritos como tales en el Registro Mercantil.
2. Si la solicitud de nombramiento la efectuara un socio de sociedad obligada a la verificación de las cuentas anuales, deberá legitimarse éste según la naturaleza y, en su caso, el modo en que conste representada o documentada su participación social.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-07-1996 en vigor desde 31-07-1996