Articulo 35 Texto único d...ón pública

Articulo 35 Texto único de preceptos legales vigentes en materia de función pública

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 35. Pérdida de la condición de funcionario.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La condición de funcionario de la Generalidad se perderá:

a) Por renuncia escrita del interesado.

b) Como consecuencia de sanción disciplinaria que suponga la separación del servicio.

c) Por pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público.

d) Por pérdida de la ciudadanía española.

e) Por jubilación forzosa o voluntaria.

f) Por defunción.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-11-1997 en vigor desde 20-11-1997