Articulo 35 Tasas, precios y exacciones
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»Artículo 35. Exenciones.
Vigente
Quedarán exentos de esta tasa los organismos, entidades y autoridades que conforman la distribución institucional en la venta de las publicaciones del Instituto Gallego de Estadística.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-12-2003 en vigor desde 12-12-2003