Articulo 35 Puertos de Cantabria
Artículo 35. Estudio previo de viabilidad.
1. Con carácter previo a la decisión de construir y explotar un puerto, instalación o infraestructura portuaria de competencia de la Comunidad de Cantabria será necesario realizar un estudio de rentabilidad social y viabilidad técnica y económica.
2. El Estudio de Viabilidad deberá contener, al menos, los datos, análisis, informes o estudios que procedan sobre los siguientes extremos:
Finalidad y justificación de la obra y definición de sus características esenciales.
Previsiones sobre la demanda de uso e incidencia económica y social de la obra en su área de influencia y sobre la rentabilidad de la concesión.
Valoración de los datos e informes existentes referidos al planeamiento sectorial, territorial o urbanística.
Estudio de impacto ambiental cuando éste sea preceptivo de acuerdo con la legislación vigente. En otro caso, un análisis ambiental de las alternativas y las correspondientes medidas correctoras y protectoras necesarias.
Justificación de la solución elegida, indicando las distintas alternativas consideradas.
Riesgos operativos y tecnológicos en la construcción y explotación de la obra.
Coste de la inversión a realizar, así como el sistema de financiación propuesto.
Necesidades sociales a satisfacer y factores de vertebración territorial.
3. El estudio de viabilidad elaborado por los particulares se someterá a información pública por plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria, y se dará traslado del mismo para informe, por idéntico plazo, a los órganos de la Administración General del Estado y las corporaciones locales afectadas. Corresponderá al Director General competente en materia de puertos la decisión de tramitar o rechazar dicho estudio, en el término de tres meses desde su presentación.
- Artículo modificado por la referencia al Director General competente en materia de puertos)) por Ley de Cantabria 10/2012, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
(BOC de 29-12-2012) en vigor desde 01-01-2013