Articulo 35 Prevención y control ambiental de las actividades
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 35. Actividades sometidas a la licencia ambiental
Vigente
Se someten al régimen de licencia ambiental la actividad o las actividades ubicadas en un mismo centro o en un mismo establecimiento y que pertenecen a la misma persona o empresa titulares, y que se relacionan en el anexo II.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-12-2009 en vigor desde 11-08-2010