Articulo 35 Presupuestos 2021 I Balears

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Artículo 35. Mantenimiento para el año 2021 de la renta social garantizada

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En el marco de lo que prevé el artículo 8.5 de la Ley 5/2016, de 13 de abril, de la renta social garantizada, en relación con la disposición transitoria segunda del Decreto ley 10/2020, de 12 de junio, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears, el importe de la prestación económica de la renta social garantizada para el año 2021 no será objeto de variación alguna respecto del importe correspondiente al año 2020.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2020 en vigor desde 01-01-2021