Articulo 35 politica industrial

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Artículo 35. El Consejo de Administración

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1. El Consejo de Administración es el órgano de gobierno al que corresponde la decisión y la dirección de la actividad de la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana.

2. El Consejo de Administración está integrado por un mínimo de ocho miembros y un máximo de doce.

3. Forman parte del Consejo de Administración, necesariamente, los miembros siguientes:

a) El consejero o consejera del departamento competente en materia de industria, en calidad de presidente o presidenta.

b) El secretario o secretaria sectorial en materia de industria de dicho departamento, en calidad de vicepresidente o vicepresidenta.

c) El consejero delegado o consejera delegada de la Agencia.

4. Los estatutos de la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana deben determinar y establecer la procedencia de los demás miembros del Consejo de Administración.

5. Los representantes en el Consejo de Administración deben pertenecer, en todos los casos, al Consejo Rector.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-07-2009 en vigor desde 10-07-2009