Articulo 35 politica industrial
Artículo 35. El Consejo de Administración
1. El Consejo de Administración es el órgano de gobierno al que corresponde la decisión y la dirección de la actividad de la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana.
2. El Consejo de Administración está integrado por un mínimo de ocho miembros y un máximo de doce.
3. Forman parte del Consejo de Administración, necesariamente, los miembros siguientes:
a) El consejero o consejera del departamento competente en materia de industria, en calidad de presidente o presidenta.
b) El secretario o secretaria sectorial en materia de industria de dicho departamento, en calidad de vicepresidente o vicepresidenta.
c) El consejero delegado o consejera delegada de la Agencia.
4. Los estatutos de la Agencia de Apoyo a la Empresa Catalana deben determinar y establecer la procedencia de los demás miembros del Consejo de Administración.
5. Los representantes en el Consejo de Administración deben pertenecer, en todos los casos, al Consejo Rector.
- Texto Original. Publicado el 09-07-2009 en vigor desde 10-07-2009