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Articulo 35 Medidas ante el reto demográfico y territorial

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Artículo 35. Promoción de las mujeres en el medio rural.

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1. La Junta de Extremadura procurará que las necesidades de la mujer del mundo rural sean objeto de protección en las convocatorias de las ayudas derivadas de la Política Agraria Comunitaria.

2. En las normas reguladoras de ayudas y subvenciones del ámbito agrario y de desarrollo rural se priorizará la titularidad de las mujeres en las explotaciones agrarias, siempre que sea compatible con la normativa europea y nacional.

Tal priorización se realizará sobre las solicitudes cuya titularidad sea de una mujer, de una titularidad compartida, de una persona jurídica en la que el porcentaje o las participaciones sociales en manos de mujeres sean como mínimo el 50%, o para el caso de cooperativas, que tengan implantado un plan de igualdad de oportunidades, con mayor número de socias, y que el porcentaje de representación de las mujeres en los órganos de toma de decisiones sea igual o mayor al porcentaje que representan en su base social.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-03-2022 en vigor desde 22-03-2022