Articulo 35 Empleo Público
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Artículo 35. Cuerpos generales.

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En el ámbito de la Administración del Principado de Asturias y las entidades de derecho público del artículo 2.1 b), son cuerpos de Administración General los siguientes:

a) El Cuerpo Superior de Administración: Grupo A, Subgrupo A1.

b) El Cuerpo de Gestión: Grupo A, Subgrupo A2.

c) El Cuerpo Administrativo: Grupo C, Subgrupo C1.

d) El Cuerpo Auxiliar: Grupo C, Subgrupo C2.

e) La Agrupación Profesional de Servicios Generales y Apoyo Logístico.