Articulo 35 Desarrollo y ...el turismo

Articulo 35 Desarrollo y modernización del turismo

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Artículo 35. Actividades informativas turísticas.

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1. Tienen la consideración de actividades informativas turísticas todas aquellas encaminadas a la prestación de servicios de información a las personas.

2. En cooperación y coordinación con las entidades locales y en colaboración con las asociaciones empresariales, órganos consultivos y cámaras de comercio, se adoptarán las medidas necesarias para impulsar sistemas e instrumentos de información turística de la Comunidad Autónoma de Extremadura.