Articulo 35 Creación del ...mergencias

Articulo 35 Creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 35. Estructura orgánica

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Para la realización de sus funciones, la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 será dirigida por el titular de la dirección de la Agencia, bajo cuya supervisión y control podrán establecerse órganos de dirección que ejercerán, a su vez, la superior dirección de las unidades organizativas y servicios que se determinen por decreto de Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejería competente en materia de protección civil, seguridad y emergencias.

Los órganos de dirección deberán, además, asegurar el funcionamiento y operatividad de las unidades organizativas y servicios, así como la del personal al servicio de la misma y su vigilancia y control, así como todas aquellas funciones que les sean delegadas y encomendadas por sus órganos superiores.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-04-2023 en vigor desde 17-04-2023