Articulo 35 Archivos y patrimonio documental
Artículo 35. El Archivo Histórico de Maó.
Sin perjuicio de la legislación que como centro de titularidad estatal le es aplicable, el Archivo Histórico de Maó es responsable de recoger, conservar, organizar, describir y divulgar los fondos de las instituciones históricas de Menorca. Además, se encarga de:
a) Recoger, conservar, servir y divulgar los fondos de los organismos del Estado radicados en Menorca que por ley estatal le correspondan.
b) Recoger, conservar, servir y divulgar los protocolos notariales con más de cien años de antigüedad radicados en la isla.
c) Recoger, conservar, servir y divulgar los fondos de las consejerías del Gobierno de las Illes Balears y los de las empresas públicas con sede en Menorca.
d) Recoger, conservar, servir y divulgar aquella documentación que ingrese, mediante convenio de carácter administrativo, el Gobierno de las Illes Balears.