Articulo 35 Agencia de la UE para la Cooperación Judicial Penal -Eurojust-
Artículo 35. Registros de categorías de actividades de tratamiento
1. Eurojust llevará un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento bajo su responsabilidad. Dicho registro deberá contener toda la información siguiente:
a) los datos de contacto de Eurojust y el nombre y los datos de contacto de su delegado de protección de datos;
b) los fines del tratamiento;
c) la descripción de las categorías de titulares de los datos y de las categorías de datos personales operativos;
d) las categorías de destinatarios a quienes se hayan comunicado o vayan a comunicarse los datos personales operativos, incluidos los destinatarios en terceros países u organizaciones internacionales;
e) cuando proceda, las transferencias de datos personales operativos a un tercer país o a una organización internacional, incluido el nombre de dicho tercer país o de dicha organización internacional;
f) cuando sea posible, los plazos previstos para la supresión de las diferentes categorías de datos;
g) cuando sea posible, una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad a que se refiere el artículo 91 del Reglamento (UE) 2018/1725.
2. Los registros a que se refiere el apartado 1 se establecerán por escrito, inclusive en formato electrónico.
3. Eurojust pondrá el registro a disposición del SEPD previa petición.
- Modificación realizada (35 (apdo. 1.a)) por Corrección de errores del Reglamento (UE) 2018/1727 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, sobre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust) y por el que se sustituye y deroga la Decisión 2002/187/JAI del Consejo (Diario Oficial de la Unión Europea L 295 de 21 de noviembre de 2018)
(DC de 22-06-2023) en vigor desde 11-12-2018 - Texto Original. Publicado el 21-11-2018 en vigor desde 11-12-2018