Articulo 34 Texto único de preceptos legales vigentes en materia de función pública
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»Artículo 34. Adquisición de la condición de funcionario.
Vigente
La condición de funcionario de la Generalidad se adquirirá mediante el cumplimiento sucesivo de los siguientes requisitos:
a) Superar los procesos selectivos.
b) Nombramiento por parte de la autoridad competente.
c) Juramento o promesa de cumplir las leyes vigentes en el cumplimiento de las funciones atribuidas.
d) Toma de posesión del puesto de trabajo en el plazo reglamentario,
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-11-1997 en vigor desde 20-11-1997