Artículo 34 Tasas

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Artículo 34. 1-1. Hecho imponible

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Constituye el hecho imponible de esta tasa:

a) La realización de las pruebas físicas o psicotécnicas del IVASPE para poder participar en los procesos selectivos de oposición a la policía local.

b) La realización del curso básico de capacitación impartido por el IVASPE.

c) La presentación a la realización de las pruebas selectivas unificadas para el ingreso, ascenso o promoción en los cuerpos de policía local de la Comunitat Valenciana, realizadas por el IVASPE.

d) La obtención de la certificación individual de acreditación para la presentación en los procesos selectivos de oposición que convoquen los ayuntamientos.