Articulo 34 Presupuestos Generales para 2022 de Extremadura
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Artículo 34. Necesidades laborales del sector público autonómico.

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La administración autonómica, los organismos autónomos, los entes públicos, las empresas públicas y los consorcios con participación mayoritaria de la Administración, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, utilizarán de forma preferente los mecanismos previstos en los artículos anteriores para resolver sus necesidades laborales, pudiendo, con carácter supletorio utilizar otras vías de selección de personal contempladas en el mercado de trabajo siempre que se preserven los principios de igualdad, mérito, capacidad, transparencia y seguridad jurídica.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022