Articulo 34 Medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de I. Balears
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»Artículo 34. Modificación de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears
Vigente
La letra a) del apartado 1 del artículo 23 de la Ley 8/2019, de 19 de febrero, de residuos y suelos contaminados de las Illes Balears, queda modificada de la siguiente manera:
a) Los establecimientos que distribuyan bolsas de plástico sin la consideración de ligeras o muy ligeras deben cobrar un precio por estas y priorizar el uso de materiales y plásticos constituidos por polímeros naturales y menos agresivos con el medio ambiente.
En cualquier caso, han de estar constituidas al menos con un 50 % de plástico reciclado y no fragmentable. A partir de 2025 el porcentaje mínimo aumentará al 70 %.