Articulo 34 Medidas Tribu...003 Aragón

Articulo 34 Medidas Tributarias y Administrativas 2003 Aragón

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Artículo 34. Modificación de la Ley 14/1992, de 28 de diciembre, del Patrimonio Agrario de la Comunidad Autónoma y de medidas específicas de reforma y desarrollo agrario.

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Se da nueva redacción al apartado 1 del artículo 59 de la Ley de Patrimonio Agrario de la Comunidad Autónoma y de medidas específicas de reforma y desarrollo agrario, en los siguientes términos:

«1. Los honorarios profesionales correspondientes a la elaboración y aprobación del proyecto, el importe derivado del replanteo, así como los estudios técnicos relacionados con los mismos, serán subvencionados por la Administración de la Comunidad Autónoma, una vez haya sido aprobado por el Departamento competente en materia de agricultura el documento correspondiente, aplicándose una subvención máxima del 75% de los costes subvencionables, todo ello siempre que las dotaciones presupuestarias lo permitan.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2003 en vigor desde 01-01-2004