Articulo 34 Medidas Fisca...ganización

Articulo 34 Medidas Fiscales, Gestión Administrativa y Financiera, y Organización

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 34

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Uno. Se añade un apartado tres al artículo 184 bis del texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell, con la siguiente redacción:

«Tres. En los supuestos contemplados en el Grupo II del apartado uno del artículo siguiente, está exento del pago de la tasa el personal que preste sus servicios en los centros y servicios dependientes de la administración sanitaria valenciana o integrados en el Sistema Valenciano de Salud, cualquiera que sea la titularidad jurídica de aquéllos.»

Dos. Se añade un apartado cuatro al artículo 184 bis del texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell, con la siguiente redacción:

«Cuatro. En el supuesto contemplado en el grupo V del apartado uno del artículo siguiente, están exentos del pago de la tasa los entes cuyos centros, servicios y establecimientos integren la red sanitaria pública valenciana.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2012 en vigor desde 01-01-2013