Articulo 34 Medidas fisca...turísticos

Articulo 34 Medidas fiscales, financieras y administrativas e impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos

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Artículo 34. Modificación del capítulo III del título XVII del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

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Se modifica el artículo 17.3-3 del texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, que queda redactado del siguiente modo:

Artículo 17.3-3. Exenciones

Están exentos de pagar la tasa exigida por el concepto de expedición de la licencia para ejercer la pesca recreativa los sujetos pasivos que acrediten documentalmente la situación de incapacidad permanente total o absoluta, las personas menores de 18 años y los mayores de 65 años.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-03-2012 en vigor desde 24-03-2012