Articulo 34 Integral de m...erritorial

Articulo 34 Integral de medidas contra el despoblamiento y por la equidad territorial

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Artículo 34. Creación y mantenimiento del empleo

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1. La Generalitat, en el ámbito de sus competencias, impulsará programas específicos de empleo en los municipios en riesgo de despoblamiento, en especial para mujeres, jóvenes, personas paradas de larga duración, personas en riesgo de exclusión social y personas con diversidad funcional, favoreciendo actuaciones de ámbito supramunicipal o mancomunado.

2. A través del Servicio Valenciano de Ocupación y Formación (Labora) se garantizarán los servicios de orientación profesional, con criterios de proximidad y flexibilidad, mediante el mantenimiento y la extensión de la red de oficinas de atención al público y de los puntos de acceso online en el territorio, considerando, en su caso, la ampliación a aquellos municipios en riesgo de despoblación y sus comarcas, para garantizar el acceso a servicios especializados que aumenten las oportunidades en el ámbito del trabajo.

3. Los programas de formación y políticas activas de empleo incorporarán un carácter territorial y transversal, que permitan su adaptación a las necesidades de las empresas y de las personas en municipios en riesgo de despoblamiento. En particular, se reforzarán y ampliarán los planes territoriales de empleo, para abordar la orientación, la formación ocupacional, la inserción laboral y el fomento del empleo desde la vinculación al territorio, así como la atracción y retención de talento joven, especialmente femenino, específicamente orientados hacia comarcas con municipios en riesgo de despoblamiento; todo ello, contando con los agentes sociales y sectoriales presentes en el territorio.

4. Los programas de formación irán dirigidos a mejorar la empleabilidad de las personas residentes en los municipios en riesgo de despoblamiento, a la reducción de la temporalidad y parcialidad, y a la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo. Se atenderán específicamente las necesidades de formación, cualificación y recualificación profesional de mujeres y personas mayores de 50 años, así como los programas que combinen la formación y el empleo, priorizando, entre otros, sectores emergentes en el ámbito de las energías renovables, la digitalización y la gestión ambiental, la agricultura y ganadería sostenibles y de calidad, y la capacitación en servicios de proximidad y de atención a personas dependientes o en situación de vulnerabilidad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-04-2023 en vigor desde 11-05-2023