Articulo 34 Infraestructuras Agrícolas

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Artículo 34. Actos potestativos.

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En el procedimiento abreviado de concentración parcelaria será potestativa la ejecución de los siguientes actos:

a) La constitución de la Comisión Consultiva de concentración parcelaria prevista en el artículo 18 de esta Ley Foral.

b) La protocolización por Notario, que será sustituida por documento público expedido al efecto por funcionario autorizado del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación. No obstante, el Departamento, con posterioridad a la anotación o inscripción en el Registro de la Propiedad, elevará el Acta de Reorganización de la Propiedad a escritura pública.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-03-2002 en vigor desde 16-03-2002