Articulo 34 Economía sostenible
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Artículo 34. Plan de austeridad de la Administración General del Estado.

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1. La política de racionalización y contención del gasto público de la Administración General del Estado se instrumentará a través de un Plan de austeridad de la Administración General del Estado que permita, por una parte, mantener el equilibrio presupuestario a lo largo del ciclo económico de acuerdo con los principios de la normativa de estabilidad presupuestaria, las previsiones del derecho comunitario y los compromisos del Pacto de Estabilidad y Crecimiento en el ámbito de la Unión Europea; y, por otra, adaptar los programas de gasto de la Administración General del Estado a los recursos presupuestarios disponibles a medio y largo plazo, de forma que se garantice la sostenibilidad presupuestaria.

2. El Plan de austeridad conllevará la revisión y el análisis de todos los programas y políticas de gasto y, asimismo, la racionalización de las estructuras de la Administración General del Estado y del sector público empresarial estatal, con el objetivo de adecuar la estructura y organización a los principios de eficiencia y economía en la programación y ejecución del gasto público y garantizar la sostenibilidad presupuestaria a medio y largo plazo.

3. Anualmente, el Gobierno dará cuenta a las Cortes Generales del progreso en la implantación del Plan de austeridad de la Administración General del Estado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-03-2011 en vigor desde 06-03-2011