Articulo 34 Deporte de C León -Derogada-

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Artículo 34. Colaboración y coordinación de los poderes públicos.

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Los poderes públicos colaborarán y actuarán coordinadamente con las Universidades en aquellos programas dirigidos a la extensión de la práctica deportiva en el ámbito universitario.

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  • Texto Original. Publicado el 04-04-2003 en vigor desde 24-04-2003