Articulo 34 Deporte de C. León -Derogada-
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»Artículo 34. Colaboración y coordinación de los poderes públicos.
Vigente
Los poderes públicos colaborarán y actuarán coordinadamente con las Universidades en aquellos programas dirigidos a la extensión de la práctica deportiva en el ámbito universitario.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 04-04-2003 en vigor desde 24-04-2003