Articulo 34 Creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias
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»Artículo 34. Titular de la dirección de la Agencia
Vigente
1. La dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 será el alto cargo competente en materia de protección civil, seguridad y emergencias con rango de viceconsejería o dirección general.
2. Al titular de la dirección le corresponderán las funciones que se establezcan en esta ley y en el estatuto de la Agencia, y en particular:
a) Desempeñar la dirección de la Agencia.
b) Ostentar la representación legal y ordinaria de la Agencia.
c) Administrar el patrimonio y los bienes.
d) Ejercer las funciones de dirección del personal de la Agencia.
e) Ejercer la dirección del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias.
f) Cualquier otra atribución que le sea delegada por el Consejo o conferida reglamentariamente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-04-2023 en vigor desde 17-04-2023