Articulo 338 Suelo y Espacios Naturales Protegidos
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»Artículo 338.- Información en portal de internet.
Vigente
Los ayuntamientos deberán publicar, en sus respectivos portales de internet, la relación de actuaciones sujetas a licencia municipal y a comunicación previa. En dichos portales se facilitará, igualmente, el acceso a los modelos de comunicación previa que se establezcan por cada administración.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-07-2017 en vigor desde 01-09-2017