Articulo 332 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial
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»Artículo 332.
Vigente
Las solicitudes de autorización de compatibilidad para el ejercicio de la docencia deberán tener lugar cada año académico en que se pretenda ejercer y se formularán con carácter previo al inicio de la actividad docente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-05-2011 en vigor desde 29-05-2011