Articulo 33 Transitoriedad jurídica y fundacional de la República
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»Artículo 33. Promulgación y publicación de las leyes y normas con rango de ley
Vigente
Las leyes y normas con rango de ley en Cataluña son promulgadas por el presidente o presidenta de la Generalidad, quien ordena su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya en el plazo de quince días desde la aprobación.