Articulo 33 TR Ley del Suelo

Articulo 33 TR. Ley del Suelo

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Artículo 33. - Contenido y documentación.

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1. Los Programas de Actuación Territorial incluirán las siguientes determinaciones.

a) Delimitación de su ámbito territorial y funcional

b) Relación de actuaciones previstas, con indicación de plazos, costos y organismos comprometidos para su realización.

c) Justificación del cumplimiento de las determinaciones de las Directrices y Planes que desarrollen

d) Análisis económico, financiero y presupuestario de las inversiones previstas.

e) Previsiones para la celebración de convenios y acuerdos entre administraciones o particulares para hacer viable la ejecución de las actuaciones.

2. Los Programas de Actuación Territorial contendrán la documentación gráfica y escrita necesaria para definir su contenido, incorporando como documento complementario el Estudio de Impacto Territorial.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-12-2005 en vigor desde 09-01-2006