Artículo 33 ter Reconocimiento de cualificaciones profesionales
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Artículo 33 ter. Validez de los derechos adquiridos antes del 3 de marzo de 2024

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Artículo 33 ter. Validez de los derechos adquiridos antes del 3 de marzo de 2024

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Los Estados miembros de acogida garantizarán la validez del reconocimiento del título rumano de enfermero responsable de cuidados generales concedido con arreglo a los artículos 10 a 14 de la presente Directiva antes del 3 de marzo de 2024 en el caso de los nacionales de los Estados miembros formados como enfermeros responsables de cuidados generales en Rumanía y que no cumplan los requisitos:

a) del artículo 33 bis de la presente Directiva en su versión en vigor el 1 de enero de 2007, o

b) del artículo 33 bis de la presente Directiva, modificada por la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo.