Articulo 33 Servicios sociales de Cataluña
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»Artículo 33. Principios de la organización territorial.
Vigente
1. Los servicios sociales se organizan territorialmente de acuerdo con los siguientes principios:
Descentralización.
Desconcentración.
Proximidad a los ciudadanos.
Eficacia y eficiencia en la satisfacción de las necesidades sociales.
Equilibrio y homogeneidad territorial.
Accesibilidad a la información y a los servicios sociales.
Coordinación y trabajo en redes.
2. El Plan estratégico de servicios sociales aprobado por el Gobierno debe establecer la organización territorial de los servicios sociales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-10-2007 en vigor desde 01-01-2008