Articulo 33 Reglamento de Régimen Interior de la CNMV
Artículo 33. Departamentos adscritos al Presidente y al Vicepresidente.
1. Dependerá directamente del Presidente la Secretaría General, a la que corresponderá:
a) Atender al gobierno, administración y régimen interior de la CNMV.
b) Administrar los recursos humanos de la CNMV.
c) Coordinar la gestión económica del organismo, llevar su contabilidad, elaborar los anteproyectos de presupuestos, tramitar sus modificaciones, gestionar y recaudar las tasas, dictando los actos administrativos correspondientes, así como coordinar los servicios de pagaduría y caja.
d) Dirigir y organizar los servicios generales de registro, archivo.
e) Dirigir y coordinar los diferentes registros especiales.
f) Dirigir y organizar los servicios generales de seguridad, vigilancia, comunicaciones, conservación y mantenimiento de la CNMV.
g) Instruir y tramitar los expedientes de contratación administrativa.
2. A la Secretaría General se adscribirá, con rango de departamento, la Vicesecretaría General a la que le corresponderá:
a) Asistir al titular de la Secretaría General en el ejercicio de sus competencias.
b) Ejercer las funciones enumeradas en las letras b), d) y e) del apartado anterior, a través de unidades con dependencia jerárquica directa de la Vicesecretaría General sin perjuicio de la superior dirección del titular de la Secretaría General.
c) Sustituir al titular de la Secretaría General en caso de vacante, ausencia o enfermedad.
3. Dependerá directamente del Vicepresidente el Departamento de Sistemas de Información, al que corresponderá:
a) Planificar y gestionar los servicios informáticos de la CNMV.
b) Diseñar, programar, implantar y mantener las aplicaciones informáticas de la CNMV.
c) Diseñar, aplicar e implementar las capacidades digitales y nuevas tecnologías a los procesos internos de la CNMV, reorganizando los métodos y herramientas de trabajo empleados y automatizando los procesos, con el objetivo de mejorar la forma en que se desempeñan las funciones que la CNMV tiene encomendadas, para aumentar la eficiencia y el valor de los servicios públicos prestados, y de gestionar el riesgo.
d) Dirigir la política de seguridad informática de la CNMV.
e) Prestar asistencia técnica a los diferentes servicios de la CNMV en materia informática.
f) Elaborar los criterios generales para la evaluación y selección de los equipos informáticos.
g) Actualizar y gestionar la página web de la CNMV de conformidad con las instrucciones recibidas de la Dirección de Comunicación y, en última instancia, de la Dirección General de Política Estratégica y Asuntos Internacionales.
En caso de vacante, ausencia o enfermedad del Director del Departamento de Sistemas de Información, éste será sustituido por el Subdirector del referido Departamento que el Vicepresidente designe.
- Artículo modificado por Resolución de 26 de julio de 2023, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se modifica el Reglamento de Régimen Interior.
(BOE de 01-08-2023) en vigor desde 01-08-2023