Articulo 33 Puertos de la Generalitat
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»Artículo 33. Continuación de la explotación
Vigente
(SIN CONTENIDO)
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 10/2015, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
(DOGV de 31-12-2015) en vigor desde 01-01-2016