Articulo 33 Protección y ...y Usuarios

Articulo 33 Protección y Defensa de Consumidores y Usuarios

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Artículo 33. Promoción y difusión de espacios informativos y divulgativos sobre consumo.

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1. Los medios de comunicación social de titularidad pública pertenecientes a las Administraciones públicas de Aragón habilitarán espacios y programas para el acceso a los mismos de las asociaciones de consumidores que se encuentren inscritas en el Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de la Comunidad Autónoma de Aragón, en los términos que reglamentariamente se determinen y, asimismo, dedicarán espacios y programas no publicitarios a la información de los destinatarios finales de los bienes y servicios.

2. En los medios de comunicación de titularidad privada se fomentarán la creación y el desarrollo de programas gratuitos dedicados al consumo y a la difusión de las actividades de las asociaciones de consumidores

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2006 en vigor desde 28-02-2007