Articulo 33 Protección de los Animales de Compañía
Articulo 33 Protección de...e Compañía

Articulo 33 Protección de los Animales de Compañía

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 33.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se crea un Consejo asesor y consultivo en materia de protección de animales de compañía que tendrá las funciones de asesoramiento para el cumplimiento de la normativa aplicable en esta materia y que actuará como órgano de consulta.

Modificaciones