Articulo 33 Prevención, p... violencia

Articulo 33 Prevención, protección y coordinación institucional en materia de violencia

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Artículo 33. Atención telefónica y de emergencia.

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Desde el Centro de Coordinación Operativa de La Rioja, SOS Rioja, el Gobierno de La Rioja pondrá a disposición de las víctimas mecanismos de atención y asesoramiento telefónico de urgencia para las víctimas a través del número telefónico 112, constituyéndose a su vez en organismo coordinador de los sistemas de localización y alarma de víctima y agresor utilizados tanto dentro como fuera del domicilio para la vigilancia del cumplimiento de las órdenes de protección y medidas de alejamiento.

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  • Texto Original. Publicado el 07-03-2011 en vigor desde 27-03-2011