Articulo 33 Presupuestos 2021 I. Balears
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»Artículo 33. Fondos de colaboración económica con las entidades locales
Vigente
1. Para el año 2021, el porcentaje mínimo a que se refiere el artículo 205.2 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, es del 0,5%.
2. Asimismo, para el año 2021, se suspende la aplicación de la norma que contiene la regla 4ª de la letra b) del artículo 205.3 de la citada Ley 20/2006 en los casos en que la disminución respecto al año anterior derive de la aplicación del criterio de la población.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2020 en vigor desde 01-01-2021