Articulo 33 Presupuestos 2019 Galicia

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Artículo 33. Personal eventual y de gabinete

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Uno. El personal eventual de gabinete de la Administración de la Xunta de Galicia únicamente podrá ser adscrito a los departamentos en los que figuren las personas que formen parte del Consejo del Gobierno gallego.

Dos. Se prohíbe la contratación de personal de gabinete por cualquiera de las entidades instrumentales dependientes de la Xunta de Galicia, así como por parte de sus delegaciones territoriales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2018 en vigor desde 01-01-2019