Articulo 33 Patrimonio Cultural de C. Léon
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»Artículo 33. Formalización de escrituras públicas.
Vigente
Para formalizar en escritura pública la adquisición de bienes declarados de interés cultural, o la transmisión de derechos reales de disfrute sobre estos bienes o inscribir los títulos correspondientes se estará a lo dispuesto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-07-2002 en vigor desde 08-08-2002