Articulo 33 Patrimonio Cultural de C Léon
Articulo 33 Patrimonio Cu... de C Léon

Articulo 33 Patrimonio Cultural de C. Léon

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 33. Formalización de escrituras públicas.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Para formalizar en escritura pública la adquisición de bienes declarados de interés cultural, o la transmisión de derechos reales de disfrute sobre estos bienes o inscribir los títulos correspondientes se estará a lo dispuesto en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-07-2002 en vigor desde 08-08-2002